
A partir del mes de junio, la fórmula de movilidad previsional subirá también para pensiones y asignaciones universales. Así quedarán los nuevos valores.
El Gobierno presentará propuso elevar el plazo a 126 días para las madres y a 90 días para padres. Además, incluyeron a adoptantes y monotributistas.
País 02 de mayo de 2022El presidente Alberto Fernández presentó el proyecto de Ley "Cuidar en Igualdad", que tiene como finalidad extender las licencias por maternidad y paternidad en Argentina, así como también incluye a adoptantes, monotributistas, autónomos y no gestantes.
Otra novedad planteada en el proyecto que elevará el Poder Ejecutivo al Congreso es que se prevé que los períodos de licencia pasen a ser cubiertos por la seguridad social y no por la parte de la empresa empleadora.
Licencias por maternidad (LCT, TCP, Régimen Agrario): A un año de entrada en vigencia la ley, prevé que el plazo pase de ser 90 días a 126 días.
Licencias por paternidad: En la actualidad, alcanza las 48 horas y si es aprobada la nueva ley, pasaría a ser de 15 días en el primer año a la entrada en vigencia, mientras que a los dos años de sancionada, alcanzaría los 30 días. A partir del cuarto año llegaría a los 45 días, mientras que sería de 60 días en los seis y ocho años después llegaría a los 90 días.
Licencia para adoptantes: Hasta el momento no existe, por lo que el Gobierno pretende que sean de 90 días.
Licencias para personas gestantes monotributistas autónomos y sociales: Se crearía por primera vez y sería de 126 días, desde el primer año de entrada en vigencia de la ley.
Licencia personal para no gestantes monotributistas y autónomos: Funcionaría de igual manera que el esquema planteado para las licencias por paternidad. En el primer año sería de 15 días, mientras que a los dos años de sancionada, alcanzaría los 30 días. A partir del cuarto año llegaría a los 45 días, mientras que sería de 60 días en los seis y ocho años después llegaría a los 90 días.
Licencias para no gestantes (Régimen Agrario): En la actualidad es de 30 días y pasaría a ser de 45 días en cuatro años de la entrada en vigencia de la ley, 60 días a los seis años y llegaría a los 90 días en el octavo año.
El nuevo proyecto impulsado por Alberto Fernández prevé extensiones de licencias por maternidad y paternidad superiores en el caso de hijos con discapacidad, ante nacimientos o adopciones múltiples, nacimientos prematuros o con enfermedades crónicas.
En caso de nacimiento o adopción de hijo con discapacidad o con enfermedad crónica, la licencia se extenderá por el plazo de 180 días.
Si se tratara de nacimientos o adopciones múltiples, la licencia se extenderá por el plazo de 30 días por cada hijo a partir del segundo. En los supuestos de nacimiento prematuro la licencia se extenderá por el plazo de 30 días.
En el caso del cónyuge o conviviente y por la muerte de un hijo, la licencia pasará a ser de tres a cinco días. Mientras que en el caso de un hermano, alcanzaría los tres días.
También se crea la licencia especial para cuidado por enfermedad de persona a cargo, conviviente o cónyuge, que actualmente es de 2 días, a un máximo de 20 días por año.
Por último, se establece la licencia por violencia de género, de hasta un máximo de 20 días por año.
A partir del mes de junio, la fórmula de movilidad previsional subirá también para pensiones y asignaciones universales. Así quedarán los nuevos valores.
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